Órgano Interno de Control en el Instituto de Ecología, A.C.

 

Misión

Apoyar a la función directiva del Instituto de Ecología, A.C., a través de la fiscalización de la gestión administrativa; la vigilancia sobre el cumplimiento de las obligaciones y el apego a la legalidad de los servidores públicos en el desempeño de sus funciones; el control y seguimiento de los compromisos establecidos en los programas de trabajo; a fin de promover el mejoramiento de su gestión, coadyuvando a la elevación de sus niveles de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y productividad, asimismo, impulsar la mejora continua de los procesos administrativos y servicios públicos a través de la identificación de áreas de oportunidad.

 

Visión

El Órgano Interno de Control ha contribuido decisivamente a que el Instituto de Ecología, A.C., por su honestidad, eficiencia y eficacia haya logrado la confianza y credibilidad ante la sociedad.

 

Objetivos

  • Impulsar en el INECOL la mejora continua de sus procesos administrativos y servicios públicos, a través de detección de áreas de oportunidad.
  • Prevenir prácticas de corrupción e impunidad a través de la difusión de normas, el establecimiento de controles internos y de asesoría.
  • Detectar la corrupción a través de auditorías enfocadas a lo relevante, obtener en las auditorías resultados válidos, significativos y debidamente fundamentados.
  • Sustentar jurídicamente las presuntas responsabilidades, sancionar conductas indebidas de los servidores públicos, promover el resarcimiento al estado por los daños y perjuicios ocasionados.
  • Promover que la ciudadanía presente quejas, denuncias, inconformidades y sugerencias derivadas de la gestión de los servidores públicos del INECOL.
  • Otorgar la debida atención a las quejas, denuncias, inconformidades y sugerencias que presente la ciudadanía.
  • Impulsar la debida rendición de cuentas a la sociedad sobre la gestión y los resultados de la gestión del INECOL.

  

Atribuciones

  • Artículos 37 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública.
  • Artículo 62 y 63 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
  • Artículo 37 y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • Artículos 305-312 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
  • Artículo 4 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
  • Artículo 9 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas publicada en el DOF el 18 de julio de 2016.